Glosario de Términos Legales

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O

Oblación 
Oferta de la cosa debida que hace el deudor a su acreedor para que la reciba en pago, como procedimiento preliminar a su consignación, en caso de negativa a recibirla. 

Obligación 
La relación jurídica establecida entre dos personas, por la cual una de ellas llamada deudor, queda sujeta para otra llamada acreedor, a una prestación o a una abstención de carácter patrimonial, que el acreedor puede exigir del deudor 

Obligación Propter Rem 
Obligación de dar o de hacer, que grava al titular de un derecho real (propiedad, posesión, etc.) en su calidad de tal, y como dura, en relación con el obligado, en tanto subsista la expresada titularidad por lo que se dice de esta obligación que es aquella en la que el deudor puede cambiar. 

Obligacionista 
Titular de una obligación o bono. 

Obligado 
Sujeto pasivo de una obligación. 

Obligatoriedad 
Calidad de obligatorio de un mandato, orden o disposición de un órgano de autoridad. 

Obligatorio 
Orden que, emanado de un órgano de autoridad, obliga a cumplimiento, con la amenaza explícita o implícita, de procederse a su ejecución en caso de que esta obligación quede desatendida por aquellos a quienes corresponde cumplirla espontáneamente. 

Ocupación 
Modo de adquirir la propiedad de los bienes muebles que no tienen dueño, o cuyo dueño se ignore. 

Oferente 
Persona que formula una oferta. 

Oferta 
Invitación de una persona a otra para la celebración de un contrato. 

Oficial de Partes
Persona que se encarga de la recepción y entrega de documentos.


Ofrecimiento de Pago 
Acto del deudor mediante el cual pone a disposición de su acreedor la cosa debida y que seguido de la consignación hace las veces del pago 

Orden Legal 
Situación jurídica general creada por el conjunto de las normas constitutivas del derecho positivo. 

Organismo Desconcentrado
Es la forma jurídico-administrativa en que la administración centralizada delega en un Organismo o Institución, facultades técnicas y operativas, otorgándole autonomía presupuestal mas no patrimonial, para el desarrollo de sus funciones y prestación de servicios. 

Organismo Descentralizado
Es la forma jurídico-administrativa en que la administración centralizada delega en un Organismo o Institución, facultades jurídicas y administrativas con patrimonio y personalidad jurídica propias, para el desarrollo de sus funciones y prestación de servicios. 

 

 

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